Presentar una Oferta de Transacción puede ser muy abrumador para muchos contribuyentes. El lenguaje legal, los documentos de respaldo, ¿está dando demasiada información? Sin embargo, con la ayuda de una empresa de resolución de impuestos de buena reputación como 911 Tax Relief, el proceso se vuelve mucho más manejable y aumenta las posibilidades de que su oferta sea aprobada. Nuestro historial de resolver con éxito miles de asuntos fiscales importantes habla por sí mismo. Permítanos profundizar en su problema fiscal y presentarle ofertas como la OIC.
Una Oferta de Compromiso es un acuerdo fiscal, en el que el gobierno toma menos de lo que se debe por la deuda como satisfacción de la totalidad de la deuda. Con el IRS y muchos estados, a veces estos se pueden resolver por una fracción de centavo de lo que se debe. No todos califican, pero este es el principal programa de condonación que escuchará en la radio y en la televisión de varias compañías de alivio fiscal. Muchas empresas cobran una tarifa alta y luego terminas en un acuerdo de pago a plazos del IRS. Si se puede tener uno, 911 Tax Relief le dará el mejor resultado legal posible. Si no puede obtener un acuerdo, le diremos por qué.
Es importante presentar una Oferta de Compromiso antes de que su caso vaya a cobros con el IRS, podemos evitar que la acción de cobro ocurra y mantener sus activos protegidos. Si su cuenta bancaria o cheque de pago ya está en cobranza, 911 Tax Relief se comunicará con el departamento de cobranzas antes de la presentación. Muchas empresas de desgravación fiscal se limitan a presentar la oferta sin contratar primero los cobros. Desafortunadamente, esto puede llevar a que se le embargue mientras el acuerdo está pendiente, ya que depende del departamento de Oferta de Compromiso del IRS determinar si libera los embargos existentes. Si no está seguro de si su caso está en las colecciones, podemos hacer una investigación federal cada año por usted.
Con el IRS hay dos tipos de Ofertas de Compromiso: Duda en cuanto a la Cobrabilidad y Duda en cuanto a la Responsabilidad. La duda en cuanto a la cobrabilidad representa la gran mayoría de las ofertas que son aceptadas por el IRS. Duda en cuanto a la responsabilidad Rara vez se aceptan ofertas.
Para ser elegible para este tipo de liquidación del IRS, generalmente se deben cumplir las siguientes condiciones:
– El 80% del valor de sus activos no debe exceder el monto total de los impuestos adeudados.
– Al final del mes, sus ingresos restantes no deben exceder significativamente sus gastos.
– La deuda tributaria no debería haberse contraído al cobrar una cuenta de jubilación sin pagar los impuestos sobre la misma.
– No deberías haber recibido otro tipo de ganancias de capital sin pagar impuestos por ellas.
Estas son las pautas fundamentales, aunque existen excepciones y circunstancias especiales. Los "activos disipados" (puntos 3 y 4) a veces son elegibles para la liquidación si la deuda tiene más de 3 años, pero esto se determina caso por caso. Algunas de estas reglas con respecto a los activos también pueden ser flexibles. Hemos tenido ofertas aceptadas en casos en los que la casa del cliente estaba completamente pagada, aunque esto puede requerir una apelación y una explicación de por qué el IRS debería considerar el acuerdo.